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Por estas razones pueden cancelar tus sellos digitales

En la Resolución Miscelanea Fiscal de 2020 se modifica también el Código Fiscal de la Federación. Uno de los cambios importantes es que la autoridad podrá cancelar los certificados de sellos digitales de los contribuyentes.


El CSD o certificado de sellos digitales es una documentación que el SAT expide al contribuyente para realizar la firma digital de sus CFDI (Comprobantes fiscales digitales por internet) y evitar así que alguien pueda dañar la integridad del mismo.


A continuación describiremos algunas de las causantes por las cuales el SAT podría cancelar tus certificados de sellos:


  • Que el SAT no encuentre al contribuyente en su domicilio fiscal durante sus facultades de comprobación.


  • Que durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente.


  • Cuando el contribuyente cometió delitos como contrabando, defraudación fiscal o encubrió algún delito fiscal.


  • Cuando en el mismo ejercicio fiscal el contribuyente no presenta 3 declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.


  • Cuando el contribuyente se encuentre en las listas negras de empresas fantasma y que no hayan desvirtuado las operaciones.


  • Cuando los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerden con los señalados en comprobantes y expedientes del SAT.


  • Si el domicilio fiscal no cumple con los requisitos del artículo 10 del CFF.


  • Si los datos de contacto en el buzón tributario son incorrectos.


  • Cuando no se desvirtúe  la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales.


  • Por delitos como los descritos en los artículos 79, 81 y 83 del CFF.


Cabe mencionar que al contribuyente se le otorga un margen de 10 días para presentar pruebas a su favor y esclarecer su situación.



Fuentes:


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